En 1989, con la Convención sobre los Derechos del Niño, se reconoció que las niñas, niños y adolescentes son titulares de derechos y que requieren de una protección que garantice su desarrollo integral. En México, con la reforma de los artículos 1º, párrafo tercero, y 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), y con la aprobación de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (LGDNNA) en 2014, se incorporaron los principios de la Convención y se reconoció el principio de corresponsabilidad entre el Estado, las familias y la sociedad para respetar y proteger los derechos de las personas menores de edad. Con lo anterior, se obliga a las y los servidores públicos, o a cualquier persona que tenga conocimiento de una situación de riesgo en la que se encuentren personas menores de edad, a activar los mecanismos de protección necesarios.
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