Desde su publicación, la Opinión Consultiva 24/17 de la Corte IDH ha sido empleada como parte de los argumentos para exigir a los Estados que cumplan con reconocer los derechos de las personas LGTBI. Como contraargumento, se ha afirmado que las opiniones consultivas no son vinculantes, pues no deciden un caso concreto. En esta publicación, Carlos Zelada, profesor de la Universidad del Pacífico y experto en Derecho Internacional, responde la pregunta planteada.
Tipo de libro: PDF
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